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¿A qué prestaciones de trabajo tengo derecho?

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¿A qué le prestas más atención cuando buscas un empleo? Al buscar vacantes disponibles, hay muchas cosas en las que nos fijamos como el sueldo, los requisitos, la reputación de la empresa y más.

Sin embargo, uno de los pasos más importantes es preparar nuestro CV, pues en este exponemos las habilidades que tenemos y los conocimientos que nos pueden ayudar a sobresalir entre los demás.

Después, buscamos entre muchas vacantes para encontrar la que mejor va con nosotros y nuestros intereses; y una vez que hayamos encontrado ese trabajo perfecto aplicamos y esperamos una respuesta por parte de los empleadores. Más adelante, quizá decidan hacernos una entrevista para evaluar si somos aptos o aptas.

Pero, ¿somos conscientes de qué tanto nos conviene ese empleo? Esta búsqueda de empleo nos pone en alerta para cazar ofertas de trabajo que nos resulten convenientes, sin embargo, puede que dejemos pasar algunos detalles; por ejemplo, las prestaciones laborales que ofrecen en el empleo.

En México las prestaciones laborales son una obligación con la que deben de cumplir los empleadores, pues se encuentran en la Ley Federal del Trabajo. Una de las más importantes es el seguro social, pues cubre los gastos por accidentes de trabajo.

En ese sentido, el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) reportó que para octubre de 2021, se encontraban registrados en dicha institución más de 20 millones de puestos de trabajo; de los cuales, el 86.9% son permanentes y el 13.1% eventuales, lo cual supuso el aumentó más elevado de afiliaciones que se dio durante la pandemia.

Pero, ¿para qué sirven las demás prestaciones laborales? A continuación te contamos más sobre éstas.

 

¿Qué son las prestaciones laborales?

Las prestaciones laborales son beneficios, independientes al sueldo, que la empresa debe otorgar de forma obligatoria a los y las trabajadoras.

Todo lo que concierne a las prestaciones laborales se encuentra en la Ley Federal del Trabajo, que nació el 18 de agosto de 1931, durante el gobierno de Pascual Ortiz Rubio y es la ley que rige todo lo que tenga que ver con el derecho laboral en México. Ante este documento, solo se sobrepone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y lo estipulado sobre el derecho al trabajo en el artículo 123.

 

Prestaciones básicas por ley

Vacaciones. Las y los trabajadores cuentan con un mínimo de 6 días de vacaciones con goce de sueldo, luego de cumplir un año de trabajo en la empresa.

Prima Vacacional. Los días de vacaciones son remunerados con un equivalente al 25% de salario por día.

Para calcular la cantidad a recibir, es necesario multiplicar la cantidad que corresponde al salario diario recibido, por el número de días que serán tomados de vacaciones. Y el resultado de la operación anterior se tendrá que multiplicar por .25 que es el porcentaje de prima vacacional.

Aguinaldo. Es una cantidad extra de dinero que se da a las y los trabajadores en diciembre (generalmente) y deben recibir entre 15 y 20 días de salario.

Seguridad Social. La atención médica es indispensable por los riesgos de trabajo, o solo para proteger a los empleados ante cualquier eventualidad, por ello, todos los trabajadores tienen derecho a ser incorporados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Pago de utilidades. Cuando una empresa genera utilidades es obligatorio repartirlas entre las y los empleados. Sin embargo, no siempre pasa esto, por lo tanto no todas pueden otorgar esa ventaja.

Días de descanso. Quienes participan en la dinámica laboral de una empresa, tienen derecho a descansar (al menos) un día a la semana. Existen empresas que otorgan sábado y domingo.

Prima dominical. Cuando el día de descanso se pide que se labore, se debe pagar un 25% adicional del pago de un día común.

Licencia de maternidad. Dado que las mujeres durante esta etapa deben de realizar las tareas que involucren el menor esfuerzo posible, con la finalidad de resguardar su integridad y la del bebé, tienen derecho a descansar 6 semanas antes y 6 semanas después del embarazo, con goce de sueldo.

Periodo de lactancia. Durante este periodo que dura aproximadamente 6 meses, se puede optar por reducir la jornada laboral una hora, o bien, crear espacios para que las madres puedan alimentar a sus bebés.

Licencia de adopción. Las mujeres que decidan adoptar, tendrán derecho a recibir su sueldo íntegro durante las 6 semanas de descanso, que tienen gracias a esta licencia.

Licencia de adopción y paternidad. Los hombres, que adopten o que tengan un hijo o hija biológico, tendrán derecho a 5 días de descanso para ambos casos.

Prima de antigüedad. Por cada año cumplido, a partir de que las o los trabajadores tengan 15 años de antigüedad, tendrán derecho a 12 días de salario. En el caso de no laborar el año completo, se pagará parte proporcional según el tiempo trabajado.

 

Prestaciones superiores a la ley

La empresa OCC Mundial, hizo un listado sobre las prestaciones superiores a ley más frecuentes que ofertan los empleos dentro de su plataforma. Aquí te contamos de algunas:

Seguro de gastos médicos mayores. Permite asegurar a las y los trabajadores con atención médica privada.

Seguro de Vida. En caso de muerte, a la familia de las o los empleados se les entrega una póliza por una suma de dinero.

Fondos de ahorro. Un porcentaje mensual del sueldo es retenido por la empresa, el cual no debe ser mayor al 13%. Así, el o la trabajadora hace aportaciones.

Bono de productividad. Este es un impulso que ofrecen las empresas para lograr que el personal sea, como el nombre lo dice, productivo o productiva.

Automóvil. Esta prestación suele darse a trabajadores con rangos como ejecutivos de ventas o gerentes, y permite que después de un tiempo paguen un precio (menor al costo real), para quedarse con el vehículo.

En caso de que no recibas prestaciones laborales de ley, aún cuando te dijeron que sí tendrías, puedes denunciar las irregularidades ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que se encarga de defender los derechos de las y los trabajadores.

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